y si ... ¿hay empate en una elección presidencial?

Los imponderables se presentan en cualquier situación de la vida y el Código Electoral Argentino tiene en cuenta aquellos que pueden suceder en un proceso político que dura treinta días entre la primera y segunda vuelta electoral.
En caso de que los candidatos de una de las fórmulas participantes en la segunda vuelta renuncien a participar, la otra fórmula queda automáticamente proclamada. Pero si uno de los candidatos de una formula renuncia, el candidato remanente sigue el proceso electoral como candidato a Presidente.
La muerte de los candidatos se toma de manera distinta. En caso de que uno de los candidatos de una de las fórmulas proclamadas para segunda vuelta muera, la alianza electoral puede cubrir la vacante presentada antes de que se ejecute la segunda vuelta. Sin embargo, si muriesen los dos candidatos de una de las formulas antes de la segunda vuelta se deberá producir un nuevo proceso electoral.
En este último caso, y de manera que no se pueda suceder la elección de un Presidente antes del fin del mandato del Presidente en el cargo, se pondrá en marcha el procedimiento de acefalía, y el Presidente Provisional del Senado de la Nación asumirá el Poder Ejecutivo hasta tanto finalice el proceso electoral.
¿Y si hay empate?
La posibilidad de un empate en votos entre las dos candidaturas participantes de la segunda vuelta electoral no es tenida en cuenta por nuestro Código Nacional Electoral. En caso de producirse un imponderable de este tipo, harto improbable por cierto, tendría que ser el Congreso de la Nación a través de una reforma al Código Electoral el que debería especificar qué hacer.
Vale aclarar que el Artículo 77 de la Constitución Nacional exige la mayoría absoluta del total de los miembros de cada Cámara para reformar el régimen electoral.
En caso de que los candidatos de una de las fórmulas participantes en la segunda vuelta renuncien a participar, la otra fórmula queda automáticamente proclamada. Pero si uno de los candidatos de una formula renuncia, el candidato remanente sigue el proceso electoral como candidato a Presidente.
La muerte de los candidatos se toma de manera distinta. En caso de que uno de los candidatos de una de las fórmulas proclamadas para segunda vuelta muera, la alianza electoral puede cubrir la vacante presentada antes de que se ejecute la segunda vuelta. Sin embargo, si muriesen los dos candidatos de una de las formulas antes de la segunda vuelta se deberá producir un nuevo proceso electoral.
En este último caso, y de manera que no se pueda suceder la elección de un Presidente antes del fin del mandato del Presidente en el cargo, se pondrá en marcha el procedimiento de acefalía, y el Presidente Provisional del Senado de la Nación asumirá el Poder Ejecutivo hasta tanto finalice el proceso electoral.
¿Y si hay empate?
La posibilidad de un empate en votos entre las dos candidaturas participantes de la segunda vuelta electoral no es tenida en cuenta por nuestro Código Nacional Electoral. En caso de producirse un imponderable de este tipo, harto improbable por cierto, tendría que ser el Congreso de la Nación a través de una reforma al Código Electoral el que debería especificar qué hacer.
Vale aclarar que el Artículo 77 de la Constitución Nacional exige la mayoría absoluta del total de los miembros de cada Cámara para reformar el régimen electoral.